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jueves, 28 de marzo de 2013

Consejos prácticos para trabajar en Brasil (1ª Parte)

Según estadísticas recientes, el número de extranjeros que se han interesado activamente en encontrar trabajo en Brasil desde inicios del 2012 alcanza el medio millón. El Gobierno Rousseff afronta cifras de entrada de trabajadores extranjeros en situación legal superiores al 50% de incremento anual. Ante esta avalancha han aparecido constantemente informaciones fuera del país que se contradicen con las trabas y situaciones reales que los ya residentes nos encontramos en el día a día, especialmente e nivel normativo. Sorprende muchísimo leer en medios de fuera de Brasil la disposición a acoger extranjeros, sobre todo a profesionales bien formados y especializados, cuando los que ya llevamos años viviendo y trabajando legalmente en el país nos enfrentamos en los últimos tiempos a unos requerimientos cada vez más restrictivos y burocráticos. 


Según declaraciones recientes de Ricardo Paes de Barros, Secretario brasileño de Asuntos Estratégicos: "En un mundo globalizado, necesitamos no sólo el flujo de bienes y servicios, sino también el flujo de mentes... Con la apertura de la sociedad podemos acelerar el proceso de desarrollo... Brasil se ha vuelto extremadamente cerrado a la inmigración... Solíamos enorgullecernos de ser una nación compuesta por inmigrantes. Pero eso ya no es cierto." El Gobierno brasileño parece haberse dado cuenta definitivamente que necesita de esta mano de obra extranjera para que el país evolucione a un mayor ritmo aunque la actitud de los responsables de inmigración todavía se aleja de esa idea de apertura y facilidad en la tramitación que no disuada al inmigrante a la hora de comenzar el proceso. Además, a nivel práctico, la sensación del que se enfrenta a un proceso de entrada o renovación del permiso de residencia es que claramente la administración pública brasileña no está preparada ni dispone de medios para gestionar la normativa ni el control que suponen unas políticas de inmigración restrictivas. La intención de esta entrada de "En una Tierra de Futuro" es destacar a nivel práctico los "retos" que se va a encontrar el extranjero a la hora de conseguir la codiciada "Carteira de Trabalho" brasileña.


Vamos a centrarnos aquí en las dos principales vías para conseguir trabajar legalmente en Brasil. Estamos hablando de conseguir un "Visto de Investidor", el visado de inversor, o el "Visto de Trabalho", visado de trabajo propiamente dicho. Mediante ambos permisos se adquiere el estatus de residente permanente. Ese estatus automáticamente otorga al extranjero la oportunidad de obtener la cartera de trabajo en las mismas condiciones que un ciudadano brasileño de pleno derecho. Pero ¡atención!, vamos a destacar una serie de puntos y consejos a tener muy en cuenta si vamos a comenzar los trámites de obtención de estos visados.

Visado de Inversor: en los últimos 5 años la cifra a invertir en el país se ha ido incrementando hasta situarse en R$150.000 (unos €60.000 al cambio actual) en forma de aportación al capital social de una empresa brasileña. La normativa y requerimientos documentales se pueden consultar en cualquier web de consulados o embajadas del Brasil o en la web de la policía federal brasileña. Pero hay cosas que no se explican y es muy importante saber:

- Las tres cosas fundamentales para poder tramitar el visado de inversor son un abogado y un gestor competentes y muchísima paciencia. Sin una de esas tres, vamos a sufrir un verdadero calvario...

Hasta no obtener el visado y el correspondiente permiso de residencia permanente la empresa debe nombrar a un administrador residente en Brasil. Mucho cuidado a la hora de escoger a este personaje clave porque los disgustos han sido muy numerosos.



Pocos hemos tenido la suerte de tener cero problemas en este sentido y normalmente ha sido porque hemos podido atar bien corto al administrador hasta que lo hemos liberado de sus funciones. Además, pocas veces ese administrador sale gratis así que tengamos en cuenta ese gasto adicional al inicio de la tramitación. En cuanto consigamos la permanencia podemos fácilmente convertirnos nosotros mismos en administradores mediante un anexo o "aditivo" a los estatutos de la empresa ("Contrato Social").

- Es importantísima la elección del banco a la hora de depositar el dinero. Como en todos lados, la facilidad de tramitación y el trabajo fluido van a depender mucho del personal que gestione las cuentas corporativas en las agencia que elijamos, y si tienen buena relación con nuestro gestor y nuestro administrador todavía más. La burocratización de estas entidades está al mismo nivel de la que encontramos en los organismos  e instituciones oficiales. Sobre todo en los bancos más populares como Banco do Brasil, Caixa Económica Federal (ambos pertenecientes al Estado Brasileño), o Bradesco. Por experiencia propia yo recomiendo trabajar con el HSBC o el ITAÚ. He oído hablar también muy positivamente del Santander brasileño, pero no he tenido la oportunidad de trabajar con ellos. 




A pesar de ser los bancos privados los que más se parecen en su gestión a lo que estamos acostumbrados en Europa, vamos a necesitar muchísima paciencia para afrontar las interminables gestiones, demandas de documentación "adicional" e interminables esperas antes de poder estar activos y poder disponer de nuestro dinero para empezar a trabajar. Vamos a tener que repetir los mismos trámites y entregar la misma documentación que tuvimos que utilizar para poder crear la empresa ante la correspondiente "Junta Comercial". No importa que haga menos de una semana que hayamos obtenido el "CNPJ" de la empresa (el NIF español) y que eso en nuestro país de origen se considere prueba suficiente de la legalidad y legitimidad de la empresa. Por cierto, cuidado si la tramitación nos pilla en la época de negociación anual del convenio colectivo de trabajadores de banca o "bancarios". Es probable que, sin aviso previo, nos encontremos a todos los bancos cerrados por una mínimo de 2 o 3 semanas cuando llega el mes de Septiembre...


Lo normal es que la huelga se extienda mucho más en los bancos "oficiales" mientras en los privados se ajuste a tan sólo 2 ó 3 días de cierre "testimonial". Pero, tras 6 años en Brasil, tampoco me atrevería a asegurar que esta es una norma que se repita cada año.

- ¡Cuidado con la renovación! Es muy difícil que las normas y los requerimientos para prorrogar el visado de inversor en el país no hayan cambiado consistentemente desde que conseguimos obtener la permanencia. Lo mejor que podemos hacer, antes de preparar ninguna documentación, es acercarnos a la "delegacía" de policía federal más próxima y preguntar a los oficiales de inmigración los requisitos que se están pidiendo en ese momento para renovación del visado. Y no nos sorprendamos si el día que entreguemos la documentación necesaria, tras haber pasado una serie de trámites previos, nos requieran algún documento o comprobante adicional del que no nos habían informado anteriormente. 


Caso real: 3 días después de entregar la documentación para renovación de mi visado, mis socios se encontraron que les pedían a ellos un comprobante de pago adicional del que nunca antes nos habían hablado. Por supuesto, ante sus protestas los oficiales de inmigración accedieron a tramitar el expediente pero no sin hacer constar que sin ese documento adicional no podían asegurar que el proceso saldría adelante sin el menor problema. La sensación es la de siempre: "has superado el trámite, pero no consigues quedarte con la tranquilidad de que has resuelto definitivamente el tema...".

Los consejos para la obtención del visado de trabajo y las conclusiones, en breve, en la segunda parte de este post: Consejos prácticos para trabajar en Brasil (Parte II)...


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